México a partir de la Reforma Constitucional en Materia Penal de 2008, sentó las
bases para la evolución de nuestro sistema penal inquisitorio hacia uno de corte
acusatorio y oral. Tras una serie de reformas en las entidades federativas se crearon
códigos de procedimientos penales en donde se establecían los lineamientos para la
aplicación del nuevo sistema de justicia penal; sin embargo, el Constituyente Permanente
reformó y adicionó el Artículo 73 Constitucional Fracción XXI, Inciso C, en donde se le
otorga la facultad exclusiva al Congreso de la Unión para la creación del Código Nacional
de Procedimientos Penales2
, mismo que sustituirá las leyes penales adjetivas de todas
las entidades federativas, con el fin de darle certidumbre a la implementación del nuevo
sistema penal.
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