martes, 18 de agosto de 2015

BREVE COMENTARIO SOBRE LAS SALIDAS ALTERNAS AL CONFLICTO PENAL EN EL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL

Desarrollar los antecedentes de aquellas figuras procesales, es decir, las formas de terminación de los conflictos penales, sin llegar al juicio de debate; y, considero primero exponer como referente y de alguna manera como justificación de éstas, los principios de mínima intervención y de la última razón (última ratio) del derecho penal sustantivo que considero es en donde dichas figuras procesales (salidas alternas) pueden inspirarse o justificarse. 

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